La libertad

La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre; por la libertad así como por la honra se puede y debe aventurar la vida, y, por el contrario, el cautiverio es el mayor mal que puede venir a los hombres.
El ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha.
Miguel de Cervantes

martes, 1 de noviembre de 2016

Hagamos memoria

Un personaje* de infausta memoria acuñó la frase: "Cuando se lanza una mentira, y se repite con la frecuencia adecuada, al final se consigue que la gente se la crea.", que el tiempo ha convertido en "una mentira repetida mil veces, se convierte en una verdad".

Llevamos más de un año escuchando a los y las dirigentes del PSOE de Palencia, insistiendo en una verdad a medias, para intentar conseguir que se convierta en una verdad incontestable: María Luz Martínes Seijo fue impuesta como candidata contra el 90% de la militancia palentina e incumpliendo de forma absoluta todas las normas internas del Partido.

Estos último días, y a raíz del voto  negativo de Mari Luz en al investidura de Rajoy, vuelven de forma insistente con el mantra.

Con la intención de que se cumpla la también conocida frase "Se puede engañar a todos poco tiempo, se puede engañar a algunos todo el tiempo, pero no se puede engañar a todos todo el tiempo", publico a continuación el recurso que en su día presenté contra la resolución del Comité Provincial que elaboró la propuesta de listas para las elecciones del pasado año.

Una lectura atenta de dicha impugnación, permitirá tener más elementos de juicio para intentar aproximarse a la verdad.

Para intentar aproximarse a la verdad de lo ocurrido, es también muy interesante leer lo que la compañera Angelines Fombellida publica en su perfil de Facebook. Ver aquí


*Paul Joseph Goebbels: Wenn man eine große Lüge erzählt und sie oft genug wiederholt, dann werden die Leute sie am Ende glauben




PARTIDO SOCIALISTA DE CASTILLA Y LEÓN-PSOE
Comisión Ejecutiva Autonómica
Secretaría de Organización

JUAN RAMÓN LAGUNILLA ALONSO, con DNI número 12.697.606-L, afiliado de la Agrupación Local del PSOE de Palencia, y miembro del Comité Provincial de Palencia, con domicilio a efectos de notificaciones en calle Valentín Calderón, 13-2ºA, 34001, Palencia, o email jrlagunilla@gmail.com, por el presente escrito presenta, ante el órgano que corresponda, ESCRITO DE IMPUGNACIÓN CONTRA LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DEL COMITÉ PROVINCIAL DEL PSOE DE PALENCIA CELEBRADO EL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DE 2015, con arreglo a los siguientes hechos y fundamentos:

HECHOS

Primero.- La Comisión Ejecutiva Provincial del PSOE de Palencia, cumpliendo con el Procedimiento de Elaboración de Candidaturas a Cortes Generales, convocó reunión extraordinaria del Comité Provincial, con el siguiente Orden del Día:
1.       Propuesta y aprobación de las candidaturas al Congreso y al senado para las próximas Elecciones Generales de 2015.

Segundo.- La Secretaria General Provincial intervino y comunicó verbalmente la propuesta que la Comisión Ejecutiva provincial había elaborado teniendo en cuenta, según ella, de forma escrupulosamente democrática, las propuestas de nombres que habían hecho las 24 agrupaciones locales que habían celebrado sus correspondientes asambleas, siendo los estos, los más propuestos en las mismas.

Tercero.- Las candidaturas al Congreso y al Senado propuestas por la Comisión Ejecutiva Provincial, fueron las siguientes, salvo error al recoger los nombres al ser estos comunicados solo verbalmente:
Congreso:
1.       Julio Villarrubia Mediavilla (Actual Diputado)
2.       Belinda Mencía (Portavoz en el Ayuntamiento de Velilla del Río Carrión)
3.       Oscar Bilbao
Suplentes:
1.       Gema San Félix (Portavoz Ayuntamiento de Guardo)
2.       Daniel de Jesús (Portavoz Ayuntamiento de Paredes de Nava)
3.       Raquel Macho (Concejal Ayuntamiento de Venta de baños)
Senado:
1.       Rosa Aldea (Alcaldesa de Cisneros)
2.       Fernando Cantera (Alcalde de Antigüedad)
3.       Arancha Oblanca (Concejal de Grijota)
La propuesta al Senado iba acompañada de los correspondientes suplentes.

Cuarto.- Realizada y explicada la propuesta por la Secretaria General Provincial, la Presidenta de la Mesa, sin permitir un torno de palabra, pretendió someter a votación dicha propuesta.

Quinto.- El que suscribe, y algún otro miembro del Comité, solicitamos que se abriera un turno de palabra para poder discutir y argumentar sobre la propuesta de la Comisión Ejecutiva, momento en el que el Secretario de Organización Provincial tomó la palabra para explicar que “el procedimiento establecido por los órganos federales para este proceso, no permitía que se diera turno de palabra” solamente se permitía “votar a favor o en contra”. Tras los lógicos momentos de tensión y protestas, incluido el abandono de la reunión por un compañero, el que suscribe pidió que constara en acta mi protesta por el procedimiento y anuncié que iba presentar la correspondiente impugnación ante los órganos correspondientes.
Ante este anuncio, la Secretaria General Provincial tomó la palabra para manifestar que no le parecía conveniente que hubiera impugnaciones y, de una forma condescendiente y hasta cierto punto despreciativa, me dijo que “si quería hablar, que hablara”, cosa que evidentemente no hice, pues ese no es ni mucho menos un procedimiento democrático.

Sexto.- Finalmente se procedió a la votación de las listas propuestas, que fueron refrendadas por el 94% de los votos a favor, cinco en contra y ninguna abstención, ya que según el Secretario de Organización, no estaba permitido abstenerse.

FUNDAMENTOS

Primero.- El artículo 11.1 de los Estatutos del PSOE establece que: Son derechos de los y las militantes, los siguientes:
b) El derecho a recibir a través de los cauces orgánicos información sobre las decisiones adoptadas por los órganos del Partido en los distintos niveles, y en general sobre todas aquellas cuestiones que afecten a la vida interna del Partido, a su proyección externa y a su actividad institucional.
d) El derecho de discusión y crítica sobre posiciones políticas propias y ajenas mediante la libre expresión oral o escrita y a su libre comunicación dentro del Partido.
e) El derecho a realizar manifestaciones públicas, juicios de valor y expresión de opiniones, de forma libre, leal y responsablemente con los límites del respeto a la dignidad de las personas, así como a las resoluciones y acuerdos democráticamente adoptados por los órganos del Partido, en el marco de sus competencias estatutarias.

Segundo.- El Reglamento de afiliados y afiliadas del PSOE, recoge de nuevo de forma literal en su artículo 17. 1, apartados d) y e), el contenido citado en el fundamento primero.

Tercero.- En el Procedimiento de Elaboración de Candidaturas a Cortes Generales 2015, en su Disposición 3, Principios Generales, se recoge textualmente:
Cuarto.- En la disposición 9 del precitado Procedimiento, se establece:

Quinto.- En el reiterado Procedimiento de Elaboración de Candidaturas a Cortes Generales 2015, en su disposición 10, dice:

CONSIDERACIONES

A la vista de los Hechos descritos y los Fundamentos recogidos, el que suscribe manifiesta lo siguiente:

Uno.- No he encontrado ningún reglamento, norma o procedimiento en el que se establezca la prohibición de intervenir en el Comité Provincial, ni en ningún otro órgano del Partido. Tampoco en lo referido a que no sea posible la abstención.

Dos.- Más bien, y en sentido contrario, dicha prohibición vulnera de forma clara y concluyente el derecho que me asiste como afiliado y miembro del Comité Provincial, recogido expresamente en el artículo 11.1.d) de los Estatutos del PSOE: “El derecho de discusión y crítica sobre posiciones políticas propias y ajenas mediante la libre expresión oral o escrita y a su libre comunicación dentro del Partido”

Tres.- Al no permitir el correspondiente turno de palabras previo a la votación de las propuestas de candidaturas, se hurtó a los miembros del Comité al derecho que tiene todo militante a “recibir a través de los cauces orgánicos información sobre las decisiones adoptadas por los órganos del Partido en los distintos niveles, y en general sobre todas aquellas cuestiones que afecten a la vida interna del Partido, a su proyección externa y a su actividad institucional”, tal y como se recoge en el reiterado artículo 11.1.b) de nuestros Estatutos.

Cuatro.- De haberse podido intervenir, se podría haber debatido y discutido sobre cómo se piensa resolver la clara contradicción entre los cargos institucionales que ostentan la mayoría de los integrantes de las candidaturas, y la Disposición 3.9 del Procedimiento de Elaboración de Candidaturas a Cortes Generales 2015, que establece la prohibición de desempeñar simultáneamente dos cargos institucionales.

Cinco.- También se habría podido debatir y discutir de qué forma se cumple con la Disposición 3.3 del reiterado Procedimiento que pide la “gradual renovación generacional”, cuando el compañero propuesto para encabezar la candidatura al Congreso de los Diputados lleva 19 años desempeñando dicho cargo.

Seis.- De igual manera, se podría haber discutido y aclarado por qué, si la propuesta de lista se ha hecho teniendo en cuenta las propuestas de las Asambleas Locales, según expresó en su presentación la Secretaria General Provincial, no aparece propuesta en las citadas candidaturas una compañera que ha sido la segunda que más propuestas ha recibido de las agrupaciones, Mª Luz Martínez Seijo, apareciendo en cambio incluidos otros que no han sido propuestos en prácticamente ninguna. (Se adjunta informe con las propuestas de las Asambleas Locales celebradas)

Siete.- La no celebración de un debate, que desde la más elemental consideración democrática se debe considerar imprescindible, vicia de forma muy grave el resultado de la subsiguiente votación, ya que los miembros del Comité Provincial han efectuado la misma sin conocer en profundidad todas las circunstancias y elementos que deberían saber para ejercer el voto de forma responsable. Lo ocurrido en el Comité Provincial de Palencia el pasado día 24 de septiembre, es de la misma gravedad que si en las próximas elecciones generales se produjera la votación de los ciudadanos sin que previamente hubiera tenido lugar la campaña electoral, o si en un Parlamento se produjera una votación sin el debate previo de las propuestas.

Ocho.- De todos los hechos descritos están dispuestos a dar testimonio varios miembros del Comité Local, si fuera necesario.

En función de los Hechos, Fundamentos y Consideraciones expuestos, el que suscribe solicita se dé por presentado el correspondiente recurso de impugnación del Comité Provincial del PSOE de Palencia celebrado el 24 de septiembre de 2015.

Igualmente se solicita que la presente impugnación sea tenida en consideración por la Comisión Ejecutiva Autonómica en el momento de elaborar el preceptivo informe para la Comisión Federal de Listas.

En Palencia, a 25 de septiembre de 2015





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